sábado, 18 de febrero de 2023

 

Ley 35/2011, 4 de octubre sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias. Publicado en el BOE nº 240 de 5 de octubre de 2011.

1.Ley enfocada expresamente en la igualdad de derechos y libertades entre mujeres y hombres.

“La titularidad compartida es una opción voluntaria que tienen los matrimonios o personas con análoga relación de afectividad, de gestionar de manera conjunta una explotación agraria, compartiendo, no solo el trabajo en la explotación sino también la gestión, los derechos, cuotas y subvenciones”.

En el medio rural, aun hoy en día, el estereotipo de la mujer en sus labores del hogar y del cuidado de hijos y ancianos además del trabajo en la explotación agrícola/ ganadera familiar, compartiendo no solo el trabajo, también aportando bienes está en consonancia. A pesar de ello, en las explotaciones agrícolas un 71%, de los titulares son hombres, relegando a las mujeres, a la poca valoración de la participación femenina en las cuestiones económicas y7o de empresa.

Las mujeres rurales siguen teniendo poca visibilidad y su vulneración hace que el Estado adapte el marco jurídico a la realidad social.

Con la titularidad compartida se pretende un cambio en el orden estructural agrario de forma que las mujeres del mundo rural, disfruten de una igualdad, no discriminación y un desarrollo evidente con el acceso a la Seguridad Social correspondiente, a la formación oportuna, reconocimiento de su trabajo, acceso a mejor financiación si pueden estar constituidas en sociedades empresariales más beneficiosas, es decir, un reconocimiento jurídico y económico. Se pretende ayudar al asentamiento de la población rural para que las mujeres jóvenes no decidan trasladarse a las ciudades en busca de un mejor futuro…

2. Aunque las mujeres representan más de 1/3 de las personas que trabajan en las explotaciones agrarias familiares, en la mejor parte de los casos sólo los hombres figuran como titulares en solitario de esas explotaciones y a la mujer se la relega a que sus actividades en el campo sean meramente de ayuda familiar que compaginan con tareas domésticas y familiares.

Con el motivo de erradicar esta situación de desigualdad e invisibilización en el trabajo del campo y todas las consecuencias negativas que se derivan de ello nació esta Ley 35/ 2011 sobre titularidad compartida en las explotaciones agrarias.

La constitución de la Titularidad Compartida no altera el régimen jurídico de los bienes y derechos a ella adscritos, cuya titularidad sigue siendo de la persona que los afecta a la explotación; tampoco el régimen jurídico del matrimonio o los pactos patrimoniales de la pareja de hecho, ni su régimen sucesorio.

Se pretende corregir o paliar esta discriminación que se produce sobre el colectivo femenino en el sector agrario. Para ello los objetivos a alcanzar son los siguientes:

·                     ·        Profesionalizar la actividad agraria de las mujeres.

·                     ·         Mejorar la participación femenina en las organizaciones agrarias.

·                     ·         Visibilizar el trabajo de las mujeres en las explotaciones agrarias.

·                     ·         Fomentar la igualdad y mejorar la calidad de vida en el medio rural

·                     ·         Ayudas al asentamiento de la población rural.

Acompaño datos actuales sobre lo conseguido:



Las inscripciones de las explotaciones en el régimen de titularidad compartida se reflejan en el Registro de Explotaciones agrarias de Titularidad Compartida del Ministerio (RETICOM), que se nutre de la información que al efecto suministran las Comunidades Autónomas.

 

3.Las inscripciones de las explotaciones en el régimen de titularidad compartida se reflejan en el Registro de Explotaciones agrarias de Titularidad Compartida del Ministerio (RETICOM), que se nutre de la información que al efecto suministran las Comunidades Autónomas. 

Esta ley nacional del año 2011, del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, ha supuesto que muchas mujeres hayan pasado de trabajar sin cotizar para la explotación familiar, a cotizar y generar sus propios derechos, sobre todo de cara al futuro y así poder cobrar una pensión.

Pero la Ley de Titularidad Compartida de las Explotaciones Agrarias es limitada y además resulta confusa. La ley ha tenido una lenta evolución en estos años aunque hay interés en impulsarla.

En 2011 se calculaba que se darían de alta en España 30.000 mujeres y la realidad hoy en día es muy distinta y tan solo unos cientos lo han hecho. En algunas comunidades autónomas hay cero como Madrid y las Islas Baleares y Murcia con tan solo una. Se trata de una ley que fomenta la igualdad y que las mujeres no están aprovechando del todo. Otro de los grandes problemas a resolver es el envejecimiento del sector agrario. La gente joven busca otras alternativas de trabajo. Las mujeres en el campo son cada vez mayores y como ya no les da tiempo a cotizar y generar una pensión, la ley no termina de convencerles.

Estas explotaciones deben tener incentivos fiscales para que las mujeres tengan la edad que tengan se sumen a la titularidad compartida porque imaginamos dos cotizaciones en una familia con explotación agraria y eso es un gran coste. La Seguridad Social es muy costosa y la mujer ni siquiera es consciente de estar trabajando.

4. Podemos atrevernos a valorar la Ley según debilidades y fortalezas. De esta forma como puntos a destacar negativamente:

Ley confusa con algunas lagunas.

La ley ha llegado tarde, las mujeres han recurrido a otras fórmulas.

Escasa sensibilización de la sociedad por la falta de difusión.

Desincentivación de mujeres por complejidad de los requisitos.

Temor a perder otros derechos adquiridos en caso de separación o divorcio, etc.

Insuficientes beneficios y ventajas: se establecen franjas de edad y los no matrimonios quedan fuera (SS)

Posibles incompatibilidades en algunas CCAA entre beneficios de Titularidad Compartida y otras ayudas de desarrollo rural

Y como puntos positivos a tener en cuenta:

Voluntad conjunta de todos los poderes por la igualdad de hombres y mujeres en el medio rural.

Avance en reconocimiento y profesionalización del trabajo agrario de las mujeres.

Gran implicación de las entidades de mujeres, son las que crearon guías de ayuda para el acceso.

Interés inicial que se intuye por la gran cantidad de consultas habidas.

Gran potencial para contribuir a la inserción laboral de la mujer y garantía de sus derechos laborales.

Gran potencial para contribuir a la presencia de mujeres en cuanto a la gestión y renovación del sector.

Ayudas a primera instalación otorgadas conjuntamente con la Titularidad Compartida han tenido influencia positiva en el aumento de las inscripciones.

Este es una breve presentación de una ley nacida para acabar con la desigualdad sufrida por la mujer rural.

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