Ley 35/2011, 4 de octubre sobre titularidad compartida de las
explotaciones agrarias. Publicado en el BOE nº 240 de 5 de octubre de 2011.
1.Ley enfocada expresamente en la igualdad de derechos y libertades entre
mujeres y hombres.
“La
titularidad compartida es una opción voluntaria que tienen los matrimonios o
personas con análoga relación de afectividad, de gestionar de manera conjunta
una explotación agraria, compartiendo, no solo el trabajo en la explotación
sino también la gestión, los derechos, cuotas y subvenciones”.
En el medio rural, aun
hoy en día, el estereotipo de la mujer en sus labores del hogar y del cuidado
de hijos y ancianos además del trabajo en la explotación agrícola/ ganadera
familiar, compartiendo no solo el trabajo, también aportando bienes está en
consonancia. A pesar de ello, en las explotaciones agrícolas un 71%, de los
titulares son hombres, relegando a las mujeres, a la poca valoración de la
participación femenina en las cuestiones económicas y7o de empresa.
Las mujeres rurales
siguen teniendo poca visibilidad y su vulneración hace que el Estado adapte el
marco jurídico a la realidad social.
Con la titularidad
compartida se pretende un cambio en el orden estructural agrario de forma que
las mujeres del mundo rural, disfruten de una igualdad, no discriminación y un
desarrollo evidente con el acceso a la Seguridad Social correspondiente, a la
formación oportuna, reconocimiento de su trabajo, acceso a mejor financiación
si pueden estar constituidas en sociedades empresariales más beneficiosas, es
decir, un reconocimiento jurídico y económico. Se pretende ayudar al
asentamiento de la población rural para que las mujeres jóvenes no decidan
trasladarse a las ciudades en busca de un mejor futuro…
2. Aunque las mujeres representan más de
1/3 de las personas que trabajan en las explotaciones agrarias familiares, en
la mejor parte de los casos sólo los hombres figuran como titulares en
solitario de esas explotaciones y a la mujer se la relega a que sus actividades
en el campo sean meramente de ayuda familiar que compaginan con tareas
domésticas y familiares.
Con el motivo de
erradicar esta situación de desigualdad e invisibilización en el trabajo del
campo y todas las consecuencias negativas que se derivan de ello nació esta Ley
35/ 2011 sobre titularidad compartida en las explotaciones agrarias.
La constitución de la
Titularidad Compartida no altera el régimen jurídico de los bienes y derechos a
ella adscritos, cuya titularidad sigue siendo de la persona que los afecta a la
explotación; tampoco el régimen jurídico del matrimonio o los pactos
patrimoniales de la pareja de hecho, ni su régimen sucesorio.
Se pretende corregir o
paliar esta discriminación que se produce sobre el colectivo femenino en el
sector agrario. Para ello los objetivos a alcanzar son los siguientes:
·
· Profesionalizar la actividad agraria de
las mujeres.
·
· Mejorar la
participación femenina en las organizaciones agrarias.
·
· Visibilizar el
trabajo de las mujeres en las explotaciones agrarias.
·
· Fomentar la igualdad
y mejorar la calidad de vida en el medio rural
·
· Ayudas al
asentamiento de la población rural.
Acompaño datos actuales
sobre lo conseguido:
Las
inscripciones de las explotaciones en el régimen de titularidad compartida se
reflejan en el Registro de Explotaciones agrarias de Titularidad Compartida del
Ministerio (RETICOM), que se nutre de la información que al efecto suministran
las Comunidades Autónomas.
3.Las inscripciones de las
explotaciones en el régimen de titularidad compartida se reflejan en el
Registro de Explotaciones agrarias de Titularidad Compartida del Ministerio
(RETICOM), que se nutre de la información que al efecto suministran las
Comunidades Autónomas.
Esta
ley nacional del año 2011, del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, ha
supuesto que muchas mujeres hayan pasado de trabajar sin cotizar para la
explotación familiar, a cotizar y generar sus propios derechos, sobre todo de
cara al futuro y así poder cobrar una pensión.
Pero la
Ley de Titularidad Compartida de las Explotaciones Agrarias es limitada y
además resulta confusa. La ley ha tenido una lenta evolución en estos años
aunque hay interés en impulsarla.
En 2011
se calculaba que se darían de alta en España 30.000 mujeres y la realidad hoy
en día es muy distinta y tan solo unos cientos lo han hecho. En algunas
comunidades autónomas hay cero como Madrid y las Islas Baleares y Murcia con
tan solo una. Se trata de una ley que fomenta la igualdad y que las mujeres no
están aprovechando del todo. Otro de
los grandes problemas a resolver es el envejecimiento del sector agrario. La
gente joven busca otras alternativas de trabajo. Las mujeres en el campo son
cada vez mayores y como ya no les da tiempo a cotizar y generar una pensión, la
ley no termina de convencerles.
Estas
explotaciones deben tener incentivos fiscales para que las mujeres
tengan la edad que tengan se sumen a la titularidad compartida porque
imaginamos dos cotizaciones en una familia con explotación agraria y eso es un
gran coste. La Seguridad Social es muy costosa y la mujer ni siquiera es
consciente de estar trabajando.
4. Podemos atrevernos a valorar la Ley según
debilidades y fortalezas. De esta forma como puntos a destacar negativamente:
Ley confusa con algunas lagunas.
La ley
ha llegado tarde, las mujeres han recurrido a otras fórmulas.
Escasa
sensibilización de la sociedad por la falta de difusión.
Desincentivación
de mujeres por complejidad de los requisitos.
Temor a
perder otros derechos adquiridos en caso de separación o divorcio, etc.
Insuficientes
beneficios y ventajas: se establecen franjas de edad y los no matrimonios
quedan fuera (SS)
Posibles
incompatibilidades en algunas CCAA entre beneficios de Titularidad Compartida y
otras ayudas de desarrollo rural
Y como
puntos positivos a tener en cuenta:
Voluntad
conjunta de todos los poderes por la igualdad de hombres y mujeres en el medio
rural.
Avance
en reconocimiento y profesionalización del trabajo agrario de las mujeres.
Gran
implicación de las entidades de mujeres, son las que crearon guías de ayuda
para el acceso.
Interés
inicial que se intuye por la gran cantidad de consultas habidas.
Gran
potencial para contribuir a la inserción laboral de la mujer y garantía de sus
derechos laborales.
Gran
potencial para contribuir a la presencia de mujeres en cuanto a la gestión y
renovación del sector.
Ayudas
a primera instalación otorgadas conjuntamente con la Titularidad Compartida han
tenido influencia positiva en el aumento de las inscripciones.
Este es
una breve presentación de una ley nacida para acabar con la desigualdad sufrida
por la mujer rural.